MUJERES
VIOLADAS ¿QUÉ HACER?
Por
Rafael J. Sánchez Armas
DELITO DE VIOLACIÓN
La violación es el acto sexual no
consentido por una de las partes. Hasta 1989, el delito de violación estaba
tipificado en el Código Penal español bajo la rúbrica de "delitos contra
la honestidad". Afortunadamente, desde entonces ha sido sustituida por el
epígrafe "delitos contra la libertad sexual", más acorde con los
derechos del individuo, sea cual sea su forma de ganarse la vida. No sólo las
secretarias, las amas de casa o las dependientas tienen derecho a la libertad
sexual; también las prostitutas, las drogadictas y las reclusas, aunque su
situación social no sea tan digna en apariencia.
Otro de los criterios modificados por
el Derecho Penal ha sido el ámbito del concepto de violación. Actualmente, no
sólo existe violación cuando hay penetración vaginal, anal o bucalmente, cuando
se yace con una persona, sino cuando dicho ultraje se produce mediante un
objeto cualquiera. Este nuevo enfoque del delito de violación permite condenar
la violación de un hombre por parte de una mujer, aunque ella carezca de
miembro viril. Hace unos años, un miembro del CESID denunció haber sido violado
por el ano con un instrumento metálico por investigar la guerra sucia contra
ETA.
Existe delito de violación cuando la
fuerza o intimidación ejercidas revisten un carácter degradante o vejatorio;
cuando los hechos son cometidos por dos o más atacantes o cuando la víctima es
un individuo especialmente vulnerable por su edad o su situación: niños menores
de doce años y oligofrénicos, epilécticos, intoxicados, personas desmayadas.
Entre las alteraciones
psicopatológicas de los delincuentes contra la libertad sexual de las personas
destacan los trastornos de la personalidad, la neurosis y las enfermedades
psicóticas. Pero no todas las violaciones y agresiones de tipo sexual se
convierten en diligencias judiciales si nos atenemos a la opinión de la policía
del mundo. En este sentido, un buen número de mujeres y hombres todavía es
contrario a denunciar los hechos para no rememorar el traumatismo ante terceras
personas; para no dar publicidad a una posible afrenta de los familiares más
allegados; por temor a ser víctima de un nuevo delito; por desconfianza en la
Administración de Justicia o por tratarse de prostitutas o reclusos. Muchas han
sido las razones esgrimidas por algunas víctimas para dejar impune uno de los
delitos más graves cometidos por el hombre.
TIPOS DE VIOLADORES
Según los estudios realizados por Cohen y Prently,
los violadores obedecen a la siguiente tipología:
a) Violador por
desplazamiento.
Utiliza la agresión sexual contra sus
víctimas como manifestación de odio respecto a la madre, a quien no pudo
seducir. Tiene dificultad para comunicarse con las mujeres.
b) Violador por
compensación.
Su conducta obedece a una incapacidad
para satisfacer la libido por cauces normales. Es débil de carácter, bastante
inmaduro, como casi todos los violadores patológicos (no confundir con el
violador ocasional por excitación alcohólica o ajuste de cuentas).
c) Violador narcisista.
Es presa de una sexopatía de origen
mental. Es ególatra, un enamorado de sí mismo. El acto sexual representa la
sublimación del YO mientras humilla a la víctima. Es un sujeto frustrado.
d) Violador por
disfusión.
Se trata de un sádico, cuyo climax
aumenta en función del terror provocado. Es un delincuente muy peligroso y un
enfermo irrecuperable. En el catálogo de martirios preferidos destacan los
navajazos en el bajo vientre, la fractura a puñetazos de la boca, la
penetración con un objeto inorgánico, la extirpación de los pezones con tenazas
o alicates, la quemadura del órgano genital con ácido. Las películas y
narraciones sobre ataques sexuales acrecientan su estímulo erótico, mayor cuanto
más crueldad sea escenificada. Un aspecto nunca tenido en cuenta por los
responsables del cine y la televisión.
e) Violador impulsivo.
No planifica la violación porque es un
sujeto carente de freno emocional. Aprovecha las ocasiones tal como se presentan.
Responde al prototipo de "aquí la pillo, aquí la mato". Es un
trastornado o un tímido, según sea mayor o menor la intensidad del impulso.
MODUS OPERANDI EN LO DELITOS SEXUALES
No es fácil determinar el modus operandi de cada violador. Sólo a
través de la comisión de varios delitos por parte de un individuo, cuya autoría
haya sido denunciada, evidentemente, podrá la policía elaborar una hipótesis
más o menos aproximada. De todas formas, destacan varios aspectos comunes en
este brutal atentado contra la libertad sexual de las personas. La fuerza, el
lugar, la hora, el ambiente de la víctima, entre otras, son circunstancias a
tener en cuenta en todos los delitos de violación sexual.
No se puede dar ninguna agresión
contra la libertad sexual de los adultos y niños sin mediar un acto de coacción
o chantaje. La fuerza empleada contra una mujer solitaria, contra un niño
desamparado o contra un recluso por parte de otro preso es la primera condición
cumplida por los delincuentes sexuales. Todas las demás circunstancias son
derivadas de aquélla.
Las mujeres solas y las prostitutas
son más proclives a sufrir una violación. Entre las primeras, sus potenciales
agresores son quienes finjan ser carteros; inspectores de agua, gas o
electricidad; vendedores de libros; interesados en arrendar una habitación
anunciada en el periódico. Tampoco se debe descartar a los escaladores de
fachadas. Las ventanas abiertas en verano es una temeridad.
Así como los callejones, las alamedas,
los jardines, las playas, los zaguanes, los ascensores, las estaciones de
trenes y metro, los túneles peatonales o los descampados son especialmente
vulnerables en cuanto a la seguridad nocturna de las mujeres solas, de día no
han de ser menos temidos los garajes, las tiendas pequeñas, los lavabos de los
inmuebles de oficinas compartidas, los trenes sin apenas viajeros, los bingos,
salas de fiesta y bares de alterne (la limpieza suelen hacerla mujeres solas
por las mañanas), etcétera.
Atendiendo al modus operandi, los violadores son clasificados en ocasionales,
perversos, familiares y en grupo. Los violadores ocasionales son extremadamente
difícil de descubrir, excepto si dejan un rastro evidente. Aprovechan cualquier
descuido de una presa inesperada. No son constantes, como los violadores perversos,
ávidos de someter regularmente a cualquier clase de mujeres, ya sean
adolescentes o maduras. Viven obsesionados con la idea de violar continuamente.
A veces son solitarios y otras forman grupos, si bien muchas violaciones en
grupo responden a una circunstancia coyuntural, no prevista de antemano. Pero
en ambos casos, las violaciones colectivas suelen dejar un reguero de secuelas
en las mujeres, y en no pocos casos incluso la tortura y la muerte. Por último,
los violadores familiares, entre los cuales hemos de incluir no sólo a ciertos
maridos y padres, sino a muchos patronos y encargados de secretarias, obreras y
sirvientas, así como a los carceleros y reclusos, basan su modus operandi en la fuerza del dinero o la coacción.
EXPLORACIÓN MÉDICA DE LA VÍCTIMA
Aunque la legislación penal y la
jurisprudencia del Tribunal Supremo contemplan la declaración de una mujer
violada como prueba de cargo determinante contra el acusado, no es menos cierto
el reconocimiento constitucional a la presunción de inocencia de cualquier
detenido. Es por ello necesaria la exploración médica de toda mujer violada en
una clínica forense; jamás en un centro ginecológico. La denuncia irá
acompañada de un retrato robot del sospechoso. Idéntica recomendación se ha de
hacer en los casos de niños y hombres violados.
La exploración médica se hará a
continuación de la inspección de la ropa y objetos de la víctima. Ni la mujer
ni sus pertenencias deben lavarse en tanto y cuanto no hayan sido examinadas.
Signos
generales de las lesiones:
a) Desgarros en la vulva,
vagina, ano, recto, cuero cabelludo y periné.
b) Hematomas en el pubis,
cara interna de los muslos, rostro, abdomen, rodillas y piernas.
c) Excoriaciones y
mordeduras en la cara, cuello, tórax, mamas y pezones.
d) Restos de piel, cabello y
ropa del violador entre las uñas de la víctima.
Exploraciones médicas según el tipo
de violación
I - Violaciones por la vagina
La exploración o inspección ocular de
la víctima de un delito de violación sexual se ha de llevar a cabo en cuatro
etapas, cada una de las cuales se corresponde con una posición corporal de
aquélla.
a) Posición
decúbito supino.
El facultativo inspeccionará el cuerpo
de la mujer, tendida sobre una sábana blanca, para descubrir mordeduras,
contusiones y otros signos de violencia. Con un cepillo buscará entre el vello
pubiano de la denunciante por si encontrara pelos del violador.
b) Posición
decúbito prono.
Mientras la mujer permanece boca
abajo, el médico recorrerá toda la piel por si hallara cualquier señal.
c) Posición de
pie.
También en esta posición, la mujer
violada ha de ser examinada con detenimiento.
d) Posición
ginecológica.
Con un foco, el médico forense observará
la vagina por si hubieran síntomas de inflamación, enrojecimiento o restos
sangre. A continuación, palpará externamente los tejidos sexuales de la mujer
para comprobar su dolor al tacto. En el caso de hallarse el facultativo ante
una desfloración reciente, observará el himen inflamado y enrojecido,
parcialmente desgarrado y sin adherencia en los bordes de la pared vaginal.
Inmediatamente después, el médico, con
la mano enguantada, tratará de introducir el dedo meñique en la vagina.
Seguidamente, con un hisopo de algodón unido a un mango, se recogerá una
muestra de las secreciones vaginales para analizarlas en el laboratorio y
descubrir restos de espermatozoides y su movilidad, síntoma inequívoco de la
hora aproximada de la violación. La segunda muestra de las secreciones
vaginales servirán para la investigación del DNA del sospechoso. Es conveniente
tomar dos muestras de semen. También es aconsejable realizar un lavado de la
cavidad violada (vagina, boca o ano) con 10 mililitros de suero fisiológico
esterilizado para garantizar en su grado máximo la recogida de los posibles
restos de semen. El tubo donde se conserve la muestra ha de mantenerse entre 4
y 8 grados de temperatura.
Durante siete días, la denunciante
será sometida a una prueba del embarazo a partir de las veinticuatro horas de
la violación, así como a las pruebas de la hepatitis B y del SIDA.
II - Violaciones por el ano
El examen médico será muy parecido en
las tres etapas primeras fases de la violación vaginal. En cuanto a la inspección
del esfínter anal, el médico tendrá en cuenta cualquier inflamación, hemorragia
o desgarro. Asimismo, intentará medir la dilatación del esfínter, muy dilatado
en caso de prácticas homosexuales y poco dilatado en el supuesto de un
estreñimiento crónico.
Es importante examinar a este tipo de
víctima a través de radios X para descartar la presencia de cualquier cuerpo
extraño en el recto.
III - Violaciones por la boca
Es muy difícil de probar, salvo si
ocurre la detención inmediata del agresor, a quien, con una lupa y buena luz,
el médico forense inspeccionará el pene en busca de restos de carmín o sarro de
la mujer violada, así como olor a chicle, pasta dentífrica, desodorante bucal o
mordeduras (provocadas por la víctima).
INVESTIGACIÓN DE OTRAS CIRCUNSTANCIAS
I. Examen de la ropa del violador y de la víctima (para buscar huellas de semen, sangre o saliva).
II. Retrato robot del
agresor.
Tras comparecer en la clínica forense,
la víctima habrá de ayudar al Gabinete de Fotografía del Cuerpo Nacional de
Policía o de la Guardia Civil a dibujar el retrato aproximado del sospecho. Son
imprescindibles los siguientes datos:
-Talla y peso
aproximados.
-Corpulencia.
-Tatuajes y
cicatrices.
-Color del
cabello, tez y ojos.
-Modo y deje al
hablar.
-Forma de
gesticular y caminar.
-Clase de
personalidad (nervioso, sádico, perturbado).
-Tamaño del pene.
-Aspecto (aseo
corporal e indumentaria).
III. Elaboración de
hipótesis.
Aunque en la comisión de un delito de violación
sexual también puede darse el factor vengativo (ex marido despechado, compañero
de celda de un preso, etcétera), generalmente, las hipótesis policiales se
orientarán hacia los maníacos fichados como tales, quienes serán sometidos a
una rueda de reconocimiento por parte de la víctima, en las condiciones
prescritas en la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
IV. Inspección del escenario
y control de sospechosos
Cuando las circunstancias lo permitan,
tanto el reconocimiento del escenario de la violación como las pesquisas sobre
los sospechosos se llevarán a cabo de forma parecida a la practicada en la
investigación de homicidios.
Testimonios
____________________________________________________________
AGENCIA BK DETECTIVES ASOCIADOS