CRÓNICAS DE RAFAEL SÁNCHEZ ARMAS
"La norma define el acoso laboral como "toda conducta persistente y demostrable, ejercida sobre un empleado por parte de un empleador, un jefe o superior jerárquico inmediato o mediato, un compañero de trabajo o un subalterno, encaminada a infundir miedo, intimidación, terror y angustia, a causar perjuicio laboral, generar desmotivación en el trabajo, o inducir la renuncia del mismo" (...).
Las expresiones injuriosas o ultrajantes sobre la persona, con utilización de palabras soeces o con alusión a la raza, género, origen familiar o nacional, preferencia política o estatus social (...).
Los comentarios hostiles y humillantes de descalificación profesional expresados en presencia de los compañeros de trabajo (...).
El envío de anónimos, llamadas telefónicas y mensajes virtuales con contenido injurioso, ofensivo o intimidatorio, o el sometimiento a una situación de aislamiento social". Carlos Castellanos Collante
Terrorismo es la dominación por terror ya sea de carácter violento o psicológico. ¿Qué persiguen los ciberterroristas si no es la dominación de sus víctimas? Los terroristas pueden ser funcionarios o delincuentes particulares. El ciberacoso es una forma de terrorismo, y se ha de perseguir por todos los medios. Internet no puede ser un arma de difamación impune.
____________________________________________________________
AGENCIA BK DETECTIVES ASOCIADOS